La resolución, dictada por el juez Antonio Velázquez a partir de una demanda promovida por el abogado Pedro Hurtado, remarca que un accidente laboral no puede convertirse en una causa de reducción salarial.

📌 El fallo sostiene que la ART debe contemplar todos los conceptos habituales que forman parte de los ingresos del trabajador, incluyendo sumas no remunerativas, adicionales convencionales y el SAC proporcional.

En el caso analizado, además, el magistrado declaró el carácter remunerativo del denominado “Viático No Remunerativo” y del “Adicional Art. 25” del CCT 507/07, al considerar que eran pagos habituales, mensuales y efectuados sin necesidad de acreditar gastos.

También determinó que el adicional por Zona Desfavorable debe calcularse aplicando el 20% sobre la totalidad del sueldo, incluyendo esos conceptos.

⚠️ Aunque el caso corresponde a trabajadores de seguridad, desde el ámbito jurídico se destaca que el criterio establecido puede resultar aplicable de manera general a trabajadores que se encuentren con licencia por ART.

La sentencia se fundamentó en el Decreto 1694/09 y el artículo 208 de la Ley de Contrato de Trabajo, que establecen garantías sobre la prestación dineraria durante la incapacidad laboral temporaria.

Fuente: Gremiales del Sur.